¿Qué es lo básico que debo conocer de las MYPE y la normativa que las regula?

¿Por qué son importantes las MYPE y qué son?

Las Micro y Pequeñas Empresas (MYPE) desempeñan un papel fundamental en la economía peruana, generando empleo, impulsando la innovación y contribuyendo al desarrollo local, que de acuerdo a la ENAHO 2022, que es la Encuesta Nacional de Hogares, el 96% de las empresas son MYPES. Sin embargo, históricamente han enfrentado desafíos como la informalidad, el acceso limitado al financiamiento y la falta de competitividad. Según el ENAHO 2022, el 86% de las empresas MYPE son informales y solo el 3.6% lleva una contabilidad completa.

Debido a dicha situación y reconociendo su importancia, el Estado peruano ha implementado un conjunto de leyes y normativas destinadas a promover el desarrollo y la formalización de las MYPE. Estas leyes buscan crear un entorno propicio para su crecimiento, brindando facilidades para su constitución, acceso a financiamiento, simplificación administrativa y promoción de la competitividad. El gran problema de este incentivo es la falta de promoción a las mismas empresas y la implementación de las mismas, puesto que, las empresas requieren de un contador o personal capacitado en materia legal y tributaria para poder hacer la inscripción, incorporación de lineamientos y aplicación de los beneficios. Más aún, y que será materia del presente artículo, la correcta implementación de la normativa MYPE, requiere conocer no solo una ley o reglamento, sino el conocimiento de 5 a más normas.

MYPE: ¿Cómo se clasifican a las empresas?

Las empresas se clasifican en base a sus ingresos. Según la Ley N° 30056, que establece los parámetros para la clasificación de las empresas, de 0 a 150 UIT serán microempresas; mayores a 150 y hasta 1700 UIT, pequeñas empresas; mayores a 1700 y hasta 2300 UIT, medianas empresas; y mayores a las 2300 UIT son grandes empresas.

En Perú, la normativa principal que regula a las MYPE es la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial, pieza clave y principal en la regulación de las MYPE en Perú, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo N° 013-2013-PRODUCE. No obstante, es importante destacar que el marco legal que las rige es más amplio e incluye otras leyes y decretos relevantes. A continuación, se detallan las principales normativas que conforman el régimen legal de las MYPE, brindando un panorama completo para su comprensión y aplicación.

Normativa:

  • Ley N° 28015: Ley de Promoción y Formalización de las Micro y Pequeña Empresa (normativa del régimen laboral común)
  • Ley N° 30056: Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de las Micro y Pequeña Empresa y del Acceso al Empleo Decente
  • Decreto Supremo N° 013-2013-PRODUCE: Aprueba el TUO de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial
  • Ley N° 31677: Ley que crea el Registro Nacional de las Micro y Pequeñas Empresas(MYPE) acreedoras del Estado
  • Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31677: Establece las disposiciones reglamentarias para la implementación y funcionamiento del Registro Nacional de las MYPE
  • Ley N° 29051: Ley que regula la participación y la elección de los representantes de las MYPE en las diversas entidades públicas

Aspectos básicos y fundamentales de la Ley MYPE

  • Las Micro y Pequeñas Empresa son la unidad económica constituida por una persona natural o jurídica, bajo cualquier organización o gestión empresarial.
  • Como objeto social se puede desarrollar actividades de extracción, transformación, producción, comercialización de bienes o prestación de servicios.
  • Se excluye de la incorporación a la aplicación de la normativa de las MYPE a los grupos económicos, que tengan vinculación económica con otras empresas, o grupos económicos nacionales o extranjeros.
  • Las micro, pequeñas y medianas empresas acogidas al régimen general y que efectúen gastos de capacitación tienen derecho a un crédito tributario contra el Impuesto a la Renta, con un tope del 1% de la planilla anual de los trabajadores del ejercicio, gasto devengado y pagado.
  • Se crea el régimen laboral especial, que comprende para los trabajadores: remuneración, jornada de trabajo de 8 horas, horario de trabajo y sobretiempo, descanso semanal, descanso vacacional – 15 días x año, descanso por feriados, protección contra el despido injustificado. Este beneficio tiene como finalidad 2 puntos, por un lado, un beneficio a la empresa de disminuir su carga dineraria laboral, y por el lado, del trabajador una formalización de sus beneficios laborales. Por supuesto, acá va una aclaración, las empresas de no acogerse a este régimen especial laboral, tendrían que escoger el régimen laboral general, que otorga remuneración completa por vacaciones, las 2 CTS de mayo y noviembre, 2 gratificaciones completa (sueldo total).
  • Los trabajadores de la pequeña empresa tienen derecho a un seguro complementario de trabajo de riesgo (SCTR) a cargo de su empleador, y a un seguro de vida a cargo de su empleador, además, se tendrá una compensación por tiempo de servicios a 15 remuneraciones diarias por año completo de servicios, y a las gratificaciones correspondientes equivalentes a media remuneración cada una.
  • Las microempresas que superen sus ingresos por 2 años consecutivos podrán mantener por 1 año el régimen laboral especial, mientras que para las pequeñas empresas que superen sus ingresos 2 años consecutivos podrán mantenerse 3 años adicionales en el mismo régimen.
  • La indemnización por despido injustificado para las microempresas será de 10 remuneraciones diarias con un máximo de 90, y para las pequeñas empresas será de 20 remuneraciones diarias con un máximo de 120.
  • En relación, al aseguramiento en salud para las microempresas, la afiliación de los trabajadores se hará con el régimen semicontributivo del Seguro Integral de Salud (SIS). Para los trabajadores de las pequeñas empresas será directo a ESSALUD.
  • Los trabajadores de las microempresas podrán, opcionalmente, afiliarse a cualquiera de los regímenes previsionales, tanto en el público como lo establece la ley que crea el Sistema Nacional de Pensiones de la Seguridad Social, según Decreto Ley N° 19990 o a nivel privado bajo la ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, según el Decreto Supremo N° 054-97-EF. Para los trabajadores de pequeñas empresas deberán obligatoriamente afiliarse a cualquiera de los 2 regímenes previsionales.
  • En relación a la pensión de jubilación, se otorgará el derecho a los que cumplan tanto 65 años y hayan realizado efectivamente por lo menos 300 aportes al Fondo de Pensiones Sociales.

el marco legal que regula a las MYPE en Perú es complejo y multifacético, abarcando desde su definición y promoción hasta aspectos laborales y de acceso a financiamiento. Leyes como la N° 28015, N° 30056 y el Texto Único Ordenado de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial son pilares fundamentales en este entramado normativo.

Es crucial reconocer que, si bien estas leyes buscan fomentar el desarrollo de las MYPE, también existen desafíos en su implementación, como la persistente informalidad y la necesidad de mejorar la calidad de la educación empresarial. Además, es importante considerar que la legislación laboral para las MYPE puede presentar ciertas inadecuaciones que afectan los derechos de los trabajadores.

A pesar de estos retos, el marco legal vigente sienta las bases para un mayor crecimiento y formalización de las MYPE en Perú. Su estudio y comprensión son fundamentales para cualquier persona o entidad que desee interactuar o emprender en este sector, garantizando el cumplimiento normativo y aprovechando las oportunidades que ofrece el Estado para impulsar el desarrollo de estas importantes unidades productivas.

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